En el cálculo de indemnizaciones cuando se causa un daño o perjuicio hay que considerar dos conceptos de aplicación como son el lucro cesante y el daño emergente.
De acuerdo con el artículo 1.106 del Código Civil, el lucro cesante es la ganancia que se haya dejado de obtener como consecuencia del hecho del que se es responsable. Por lo tanto, se trataría pues de una lesión patrimonial consistente en la pérdida de un incremento patrimonial neto que se ha dejado de obtener como consecuencia de un incumplimiento contractual o un acto ilícito impuesto a un tercero.
El daño emergente corresponde al valor o precio de un bien que ha sufrido daño o perjuicio y la indemnización en este caso será igual al precio del bien afectado o destruido.
En cualquiera de los dos casos será necesario probar la cuantía de la ganancia frustrada o el valor del bien afectado. Para ello VALTECSA cuenta con un equipo especializado de economistas, arquitectos e ingenieros que estudiarán el caso concreto y aplicarán las modelos adecuados para determinar dicha cuantía de tal forma que pueda servir como base para un procedimiento judicial o arbitraje.
Dicho cálculo se realizará tomando datos pertenecientes tanto a la esfera interna de la actividad del que ha sufrido el daño como de otra con la que exista similitud de situación.
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